CORREO ELECTRÓNICO

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tallerebanisteriapalma@gmail.com

martes, 15 de noviembre de 2011

PROCESOS DE REALIZACIÓN

El objetivo de este ejercicio es que el alumno sepa desarrollar un proceso de trabajo de ebanistería artística, analizando todos los pasos que se dan en la realización de la obra artística. Este ejercicio consiste en la realización de una memoria que recogerá: las ideas de partida, bocetos y maquetas previas, materiales, herramientas, máquinas, abrasivos, estudio económico, bibliografía y un seguimiento fotográfico y explicativo de las etapas de trabajo que en él intervienen. 
Guión para la realización de la MEMORIA:

§  Introducción:
o   Fase de preparación e investigación.

§  Fase creativa. Desarrollo de la idea:
o   Bocetos y dibujos.
o   Maquetas.
o   Pruebas de color.

§  Aspectos técnicos:
o   Materiales.
ü  Maderas.
-        Caracteristicas.
-        Calidad.
-        Presentación.
ü  Adhesivos.
ü  Masillas y emplastes.
ü  Resinas epoxi de reparación.
ü  Productos de acabado y conservación.
o   Herramientas de:
ü  Medición. Tipos y características.
ü  Sujeción y apriete. Tipos y características.
ü  Corte. Tipos y características.
ü  Acabados. Limas y escofinas. Tipos y características.
ü  Abrasión. Tipos y características.
o   Máquinas de:
ü  Afilado y sentado de filos. Tipos y características.
ü  Corte y labra. Tipos y características.
ü  Escopleadoras. Tipos y características.
ü  Tupis. Tipos y características.
ü  Amoladoras. Tipos y características.
ü  Lijadoras. Tipos y características.

§  Proceso de realización:
o   Descripción detallada (fotográfica-explicativa) de la ejecución de la obra en las distintas fases del proceso.
ü  Dibujos de taller. Plantillas.
ü  Cubicación de la madera.
ü  Corte y labrado de la madera.
ü  Silueteado.
ü  Ensamblado y encolados.
ü  Acabado.

§  Aspectos económicos:
o   Calculo de los costes necesarios para la realización de la obra.

§  Bibliografía




DISEÑO DE MOBILIARIO
             
 

 
Memoria del proceso de realización del ejercicio "DISEÑO DE MOBILIARIO" realizado por Clodoaldo Benitez (para visualizar la memoria pincha en el enlace que tienes a continuación)
http://dl.dropbox.com/u/48174489/Ebanisteria/Clodo%20taburete.pdf

                                                          DISEÑO DE MOBILIARIO




Memoria del proceso de realización del ejercicio "DISEÑO DE MOBILIARIO" realizado por Fernando Serrano Muñoz (para visualizar la memoria pincha en el enlace que tienes a continuación)
http://dl.dropbox.com/u/48174489/Ebanisteria/Serrano%20Fernando%20Taburete%20Celta.ppsx

lunes, 14 de noviembre de 2011

EL 1% CULTURAL

                                       .pdf DESCARGATE EL ARTICULO

 EL 1%  CULTURAL
Luis la Fuente Batanero. Subdirector General de Protección del Patrimonio
Histórico. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

I. Antecedentes
El antecedente inmediato de la figura del “uno por ciento cultural” es el Real Decreto 2832, de 27 de
octubre de 1978, sobre el uno por ciento cultural (BOE 9. XII. 78), justificado por la necesidad de crear
trabajos de carácter artístico o cultural integrados en la misma obra pública que, siendo de necesidad
inaplazable, provoca en la mayoría de los casos un deterioro ambiental. Del presupuesto total de cada una
de estas obras públicas se destinaba un uno por ciento a estos trabajos de creación artística, que debían
incorporarse al propio proyecto.
Por tanto, proponía una fusión perfecta entre la compensación derivada del gasto del uno por ciento del
presupuesto de la obra y la ejecución de ésta. La aplicación real de esta normativa produjo curiosos
ejemplos, como la dotación de una serie de pinturas y esculturas en diversas terminales de aeropuertos.
El artículo 46 de la Constitución Española dispone la obligación de los poderes públicos de garantizar la
conservación y promover el enriquecimiento del Patrimonio Histórico, Cultural y Artístico de España.
Como instrumento para el cumplimiento de esta obligación, la Ley 16/85, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español, desarrollada por el Real Decreto 111/86, de 10 de enero, establece entre las medidas de
fomento del Patrimonio Histórico el llamado “uno por ciento cultural”........................................................